Responsabilidad Civil Patronal

Responsabilidad Civil Patronal

Garantiza el pago de la indemnización que corresponda por accidente o enfermedades profesionales que ocurran durante la vigencia de la Póliza a cualquier trabajador asegurado bajo la misma relacionado con la obra descrita en el Cuadro y Recibo de Póliza y que sea la causa directa de su muerte, incapacidad permanente o incapacidad temporal. También este seguro reembolsará las sumas que razonablemente se hubieren pagado por concepto de honorarios médicos quirúrgicos, hospitalarios y farmacéuticos, con relación a tales accidentes o enfermedades profesionales, siempre y cuando ocurran en los términos establecidos en el Título VIII de la Ley Orgánica del Trabajo.

Igualmente se conviene en amparar cualquier convenio o contratación particular o colectivo, que en ampliación de los beneficios legales de los trabajadores exista en la empresa asegurada ó en el sector de industria a la cual ésta pertenece (ejemplo: beneficios especiales bajo el contrato colectivo petrolero, de la construcción, de la industria textil, etc.); pero sólo referente a accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, quedando entendido que la responsabilidad del el Asegurador y del Asegurado será únicamente en adición a cualquier compensación que deba recibir el trabajador, de acuerdo al régimen de seguro social que esté vigente en la zona donde presta sus servicios.

¿A quién va dirigido?

Empresas de distintas índoles u ocupaciones en el país y con ramificaciones operacionales en otros países.

Beneficios de la Cobertura

  • Mejores prácticas de Chartis a nivel mundial.
  • Amplios límites de asegurabilidad.
  • Condiciones y términos adaptados a los clientes de nuestras líneas de negocio. 

Requerimientos para cotizar

  • Número de empleados, detalle a nivel de obreros y  administrativos.
  • Monto de la nómina anual estimada.
  • Ingreso anual estimado o las ventas brutas anuales.
  • Tipo de actividades que realizan los contratistas independientes.
  • Ubicación del riesgo.
  • Siniestralidad de los últimos tres años.
  • Número de localidades y su función, por ejemplo: son depósitos, oficinas, etc.
  • En el caso de ofrecer Responsabilidad Civil de Equipos Móviles, se necesita el detalle de los equipos y maquinarias, que se ampararían  por esta cobertura.
  • En caso de otorgar Responsabilidad Civil Producto, se debe especificar el tipo de producto que se comercializa o fabrica.
  • Responsabilidad Civil Contractual: esta cobertura sólo se otorgará previa presentación de los contratos; y se excluirá el incumplimiento de los mismos.
  • Índole a asegurar.

Suscripción

Con la intención de poder ofrecer una cobertura adecuada a un precio justo para cada tipo de riesgo es importante que el Asegurado proporcione información veraz y completa, en el entendido de que esta será utilizada de manera confidencial en beneficio del propio Asegurado. En C.A. de Seguros American International, estamos interesados en conocer las necesidades de gestión de riesgos de nuestros Asegurados para ofrecerles un seguro que se ajuste perfectamente a sus requerimientos.

La cotización definitiva quedará sujeta a la entrega de toda la información requerida por C.A. de Seguros American International, así como al resultado del Análisis de Riesgos realizado por parte de nuestros Suscriptores.

NOTA IMPORTANTE: La información aquí ofrecida es solamente descriptiva. Los términos y condiciones de la cobertura otorgada son los expresamente indicados en el contrato de seguro celebrado entre el Asegurado y C.A. de Seguros American International.